En este verano de 2026 la población observa la profunda transformación de la Plaza de España, llamada tradicionalmente La Plaza de la Plancha. Esta plaza es un espacio singular situado en pleno corazón del conjunto histórico de Rota, en la confluencia de las calles Poeta Ángel García López, Portugal, Gómez Ulla y calle Constitución.
Es una pieza urbanística clave para comprender el conjunto histórico de Rota ya que enlaza la Plaza de Andalucía con la Plaza Barroso, tomando una forma almendrada por estar configurada en su borde norte por la muralla histórica, que deja una entrada por la Puerta de la Villa, la principal puerta de acceso al recinto amurallado que rodea los monumentos más importantes el Castillo de Luna y la Parroquia de Nuestra Señora de la O. Su imagen, con forma arqueada es por tanto resultado de la traza que dibuja la muralla histórica que la rodea, y con pequeños cambios siempre ha tenido una imagen sencilla de plaza de pueblo con arboleda de sombra, bancos, farolas, a veces con fuente y otras sin ella.
El problema: El problema se presenta cuando el ciudadano percibe el levantamiento del suelo sin prospección arqueológica, el desmonte del arbolado, la desaparición de la iluminación y las farolas y comienza la instalación de pesados elementos de piedra, sin que se identifican como permanentes ocupando el espacio público tradicionalmente diáfano y transitable, obligando a un recorrido urbanístico perimetral.
Desconoce el ciudadano el proceso de como se ha llegado a este punto. Desconoce si tiene autorización de la Comisión Provincial del Patrimonio de Cádiz y se pregunta si cumple la Ley del Patrimonio Histórico que es de obligado cumplimiento para todos.
El ciudadano sabe que se ha implantado con aprobación del pleno municipal, que se defienden unos valores estéticos, de diseño y artístico; saben también que hay un posicionamiento político entre tradiciones (partidos de derecha) y modernización (partidos de izquierda); y también que puede existir un deseo personal o un gesto artístico librado en concurso. Sin embargo, los ciudadanos expresan públicamente que existe un valor histórico y cultural y que cualquier actuación en el Conjunto Histórico de Rota se tiene que ajustar a derecho. Los ciudadanos que disfrutan del patrimonio cultural y conservan en su memoria el paisaje urbano no comprenden el brutal cambio de la Plaza de España, su transformación en un espacio contemporáneo en pleno conjunto histórico, con elementos propios de una urbanización de lujo. El ciudadano entiende que el patrimonio cultural de un pueblo debe quedar al margen de la política. Independientemente del coste de realización, mantenimiento y sostenibilidad, la transformación de los espacios históricos constituye un delito contra el Patrimonio cultural de los pueblos y la memoria de sus habitantes[1].
La protección del conjunto histórico en general y en particular el de Rota: un bien de interés cultural.
Ciertamente los conjuntos históricos, como decía la catedrática de derecho, Concepción Barrero Sevillano, constituyen una de las categorías más importantes, si no la más, de cuantas integran el Patrimonio Histórico”[1]. Es decir, el conjunto histórico de Rota, y en concreto la Plaza España es un bien importante del patrimonio histórico roteño, si no el que más.
Por ser tan importantes los conjuntos históricos en general y este en particular, están protegidos por la Ley del Patrimonio Histórico Español[1] y por la Ley del Patrimonio Histórico de Andalucía[2], y tanto a nivel general como en particular se han generado mecanismos de protección.
Todos los conjuntos históricos declarados bien de interés cultural están protegidos para que no se transformen sus calles, plazas, edificios, casas, fuentes, murallas, almenas, castillos, palacios, escaleras, baluartes, iglesias, conventos y en general sus construcciones, tanto si son privadas como pública; la ley obliga a la conservación para que sea la herencia que reciban las generaciones venideras. Es decir, que el marco legal, bien la Constitución española bien las Leyes del Patrimonio, a través de las consejerías autonómicas y de los Reglamentos de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico, velan por su conservación y obligan a los poderes públicos y a todos los ciudadanos. En concreto el marco legal que protege el conjunto histórico de Rota que está declarado Bien de Interés Cultural con categoría de Conjunto Histórico es el Decreto 229/2003, de 22 de julio y publicado por B.O.E. Núm. 235, de 1 de octubre de 2003; expediente de Rota se realiza el 12 de agosto de 2003 (BOJA núm.154, pág. 18.243)[3]. Esto significa que está protegido.
En Rota nos encontramos con unos antecedentes, que indican que la destrucción del patrimonio ha sido silenciosa y no ha sido denunciada por la ciudadanía. Hay una historia de la destrucción del patrimonio local que habría que contar, pero quizás no sea el momento. Apenas señalar la destrucción del convento mercedario en tiempos del alcalde Felipe Benítez o la destrucción del Arco de Regla en tiempos del alcalde Flores entre otras. Fue ante la destrucción del Arco de Regla que se hizo un lamento con estas palabras: “desamor de los roteños a la villa, a todo lo que le hacía diferente a otros pueblos sin solera”

Llegados a este punto presente, desde la Asociación la Base Natural y Cultural aporta una reflexión e intenta exponer las razones para la protección de la Plaza de la Plancha y como hacer una diferencia entre derecho (delito), negligencia, ignorancia o gusto estético.
Razones para proteger la Plaza de la Plancha. A la pregunta, de si la transformación de la Plaza de la Plancha responde a un delito contra el patrimonio, una negligencia, una ignorancia o un capricho estético de modernización, debemos preguntarnos si responde a la Ley del Patrimonio Histórico y de Andalucía. Para ello tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- La plaza se encuentra en pleno centro del conjunto histórico, por lo que debe existir una autorización por parte de la Delegación de Cultura a través de la Comisión Provincial del Patrimonio de Cádiz.
- Esta autorización debe ir acompañada de un proyecto realizado por profesionales para un conjunto histórico declarado bien de interés cultural.
- Además la Plaza España se encuentra situada a menos de 50 metros del monumento de las Murallas de Rota, declarado monumento, razón por la cual no se permiten hacer obras sin previa autorización de Cultura.
SOLICITUD: La Asociación para la protección del patrimonio La Base Natural y Cultural de Rota solicita al Ayuntamiento de Rota, a la Delegación de Cultura y patrimonio, que se haga pública:
- La autorización de la Comisión Provincial de Patrimonio de Cádiz, cuyas actas son públicas y no se han podido localizar en internet.
- Se informe a los ciudadanos de los estudios arqueológicos previos del solar, o investigación arqueológica del solar al levantar el pavimento obligatoria por ser un conjunto histórico.
- Se informe a los ciudadanos sobre el proyecto realizado por profesionales en un conjunto histórico declarado bien de interés cultural.
- En el que se haya tenido en cuenta la proximidad a menos de 50 metros de las murallas históricas atrapadas en el edificio Plaza España 9.
- En caso de no ajustarse a derecho y no cumplir con la Ley del Patrimonio de Andalucía se proceda a la retirada de los elementos modernos que vienen a ocupar el espacio público.
- Y si es un delito jurídico contra el patrimonio histórico del Conjunto Histórico de Rota se penalice a la persona o personas responsables y se aplique el código penal.
[1] Ley 16/1985 de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español.
[2] Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.
[3]Aunque el expediente de Incoación de declaración de Conjunto Histórico-Artístico a favor de Rota (Cádiz) se pone en marcha el 23 de mayo de 1983 será sometido a información pública el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, Categoría Conjunto Histórico, del Conjunto Histórico de Rota (Cádiz) e Informe acordado por la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Cádiz, reunida en sesión del día 18 de junio de 2002. Recoge Propuesta sobre modificación de Delimitación del Conjunto Histórico de Rota. Definitivamente será el Decreto 229/2003, de 22 de julio, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el sector delimitado de la población de Rota en Cádiz BOE 1 de octubre de 2003, núm.235 pág. 35795. Comunidad Autónoma de Andalucía.
[1] Concepción Barrero Rodríguez (2006) La Ordenación urbanística de los Conjuntos Históricos, Biblioteca de Derecho Municipal, Ed. Iustel, pág. 39.
[1] https://rotaaldia.com/archive/43994/la-bnc-de-rota-critica-la-rehabilitacion-del-edificio-de-plaza-de-espana-y-su-modernizacion

